URUGUAY RECUPERÓ SOLO LA CUARTA PARTE DE LOS 16 MILLONES DE DÓLARES QUE GASTÓ PARA SOLVENTAR EL JUICIO CON ARATIRÍ
[[Oficialmente, toda la información y el fallo sobre la demanda de la minera contra Uruguay son «confidenciales», pero siguen saliendo «filtraciones» como esta del Semanario Búsqueda, que revela lo gastado por el gobierno uruguayo en un litigio al cual no estaba obligado a concurrir, si respetaba las leyes del país.]]
Búsqueda Nº 2086 – 27 de Agosto al 2 de Setiembre de 2020
El 6 de agosto el Estado uruguayo recibió una de esas noticias que son festejadas por todo el espectro político, aunque en seguida empiecen los pases de factura. Ese día, la Corte Permanente de Arbitraje —un organismo internacional que tiene sede en La Haya, se ocupa de la resolución de controversias internacionales y se rige bajo las normas de la comisión de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para el Derecho Mercantil— comunicó su decisión de no hacer lugar al reclamo de la minera Aratirí, que pretendía obtener US$ 3.536 millones por su frustrado proyecto de explotación de hierro en Cerro Chato.
El tribunal no llegó a analizar el fondo de la controversia. La desestimó porque entendió que no tenía jurisdicción. Además, según informó Presidencia, determinó que la demandante debía reembolsarle a Uruguay US$ 4.097.149.
El juicio con Aratirí fue declarado confidencial por el Consejo de Ministros en setiembre de 2018. Tras la resolución, el nuevo gobierno le pedirá al tribunal arbitral poder hacer público el contenido de su fallo, según informó el prosecretario de Presidencia, Rodrigo Ferrés, a El País.
Búsqueda accedió al pronunciamiento de la Corte Permanente de Arbitraje, en el que está incluido el detalle del volumen de los gastos en los que debieron incurrir las partes a lo largo del proceso. Los US$ 4.097.149 que Aratirí deberá pagar a Uruguay obedecen a que el tribunal determinó que la distribución “justa” de “los costes” del juicio era la siguiente: 70% la parte demandante y 30% la parte demandada.
El dinero que recuperará Uruguay representa apenas una cuarta parte del monto que invirtió en su defensa. El detalle de costos indica que en total gastó US$ 16.523.570. Los asesoramientos periciales le costaron al Estado uruguayo US$ 4.598.294; la representación legal US$ 10.771.245; los viajes de asesores y testigos US$ 504.029; y el trabajo de la Corte Permanente de Arbitraje US$ 680.596.
Para su representación legal Uruguay contrató al estudio Foley Hoag, el mismo al que había recurrido para el juicio contra Philip Morris.
Aratirí, por su parte, declaró haber gastado en el marco del juicio US$ 24.938.630. La mayor parte de ellos fueron destinados a solventar la asesoría letrada, que le costó US$ 18.479.944. En honorarios y gastos de peritos, en tanto, pagó unos US$ 4.018.593. Entre los peritos contratados por la empresa estuvo el actual director de la Oficina de Presupuesto y Planeamiento, Isaac Alfie.
Argumentos
La minera Aratirí planeaba, en el marco de lo que llamó Proyecto Valentines, construir una serie de minas a cielo abierto para extraer mineral de hierro; una planta que procesaría las rocas extraídas de las minas para lograr un “concentrado de alta ley”; un mineroducto subterráneo de 212 km de extensión, que transportaría el concentrado del mineral de hierro a una planta de filtración; un acueducto de retorno para transportar agua de la costa a la planta de procesamiento; y una terminal portuaria especializada. Todas esas instalaciones se estimaban en un valor de entre US$ 3.011 millones y US$ 6.055 millones. Nada de eso se concretó.
Para Aratirí, el fracaso del proyecto fue responsabilidad del Estado uruguayo y ese fue el centro del reclamo que llevó a la Corte Permanente de Arbitraje. La empresa, según figura en el fallo, sostuvo haber invertido US$ 332 millones en estudios previos y le atribuyó a Uruguay “numerosas acciones y omisiones” que retrasaron y denegaron los permisos necesarios, y finalmente derivaron en la extinción de sus derechos mineros y la expropiación del valor del proyecto. Reclamaron daños y perjuicios por entender que esa actitud constituyó un incumplimiento del Convenio entre el gobierno de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte y el gobierno de la República Oriental del Uruguay sobre el Fomento y la Protección de Inversiones.
El fondo de la controversia no llegó a ser analizado. El tribunal hizo lugar a la “objeción jurisdicción” que presentó Uruguay como uno de los principales argumentos de su defensa.
Para poder amparar el reclamo en el marco del convenio entre Gran Bretaña y Uruguay, el propietario de Aratirí, Pramod Agarwal, hizo en agosto de 2016 una modificación en el fideicomiso que era propietario de la empresa, radicado en Islas Caimán, para poner como beneficiarios a sus tres hijos, que fueron los demandantes ante la Corte Permanente de Arbitraje.
Los tres miembros del Tribunal entendieron que al momento de los hechos los demandantes no eran titulares de un bien protegido por el Convenio y por tanto carecían de legitimación para plantear el reclamo.