(II) El mineroducto

Comentarios sobre el EIA de Aratirí

El Estudio de Impacto Ambiental (EIA) presentado por la minera a la Dinama pone en evidencia los impactos ante una posible ruptura del mineroducto, si bien trata de minimizarlos con frases sumamente vagas y afirma en última instancia que tal incidente no es probable, contrariando la experiencia internacional en la materia

Se trata de un doble ducto de 60 a 70 cm de diámetro y unos 212 km de extensión que atravesaría los departamentos de Durazno, Florida, Treinta y Tres, Lavalleja y Rocha, afectando unas 1.100 ha (se calcula que su instalación afecta un franja de 50 m en los predios que atraviesa) en 222 padrones. Cruzaría ríos grandes como el Rio Cebollati y otros más pequeños, los Humedales del Este y los Palmares de Rocha, bordeando en su tramo final a la Laguna Negra, antes de dirigirse hacia la costa.

Riesgos del mineroducto

Más allá de los trastornos propios de la instalación del mineroducto a lo largo del territorio, considerables si se tiene en cuenta que debe atravesar campos, sierras y cursos de agua, el mayor riesgo ambiental de este componente del proyecto de Aratirí es la posibilidad de una ruptura del ducto en el recorrido, con el consiguiente derrame de su contenido.

El EIA de Aratirí reconoce el riesgo de contaminación de suelos, aguas superficiales y subterráneas por ruptura del mineroducto y lo califica de esta manera: «Extensión: parcial, los efectos serán mayores cerca del punto de descarga (esto es algo obvio). Persistencia temporal y reversible, la recuperación puede lograrse en función del tiempo y la distancia» (otra obviedad que no define ni el tiempo ni la distancia de la afectación).

Y agrega finalmente: «Probabilidad: no es probable que ocurra una descarga o la ruptura del mineroducto con la implementación de prácticas seguras de monitoreo. Magnitud: moderada«. Es una afirmación propia de esos técnicos que, por fé religiosa, afirman que no puede ocurrir un accidente, cuando la experiencia indica lo contrario. Puntigliano se ha dedicado también a negar la posibilidad de accidentes con el mineroducto.

La experiencia internacional lo desmiente, inclusive en países vecinos del Uruguay. En Argentina, en setiembre de 2004, el mineroducto de La Alumbrera, controlada por la empresa suiza Xstrata, registró un derrame de 70 metros cúbicos de concentrado de oro y cobre de la mina. En los años posteriores hubo nuevos accidentes, muchos no registrados porque se prohibe el acceso de los pobladores a la zona de la ocurrencia.

Caleta Coloso, en Antofagasta, Chile.

En Chile existen catorce mineroductos en funcionamiento y año a año se han registrado incidentes que generan impacto público. Así, los medios de comunicación difundieron el accidente del mineroducto de la Minera Anglo Chile (en Río Colina), en 2007, los dos accidentes del concentraducto de Minera Escondida (en Caleta Coloso y Playa Amarilla), en 2008, y el del concentraducto de Los Pelambres (en Río Choapa), en 2009.

Adecuando la ley a Aratirí

Al cierre de las minas en la zona de Valentines, el EIA de Aratirí prevé una «disminución de ingresos por servidumbre del ducto» en los predios afectados al mismo. Y agrega que este efecto negativo tendrá una significación «moderada» y una magnitud «baja», por ser un número limitado de propietarios y una variación de sus ingresos no significativa.

La pregunta obvia que surge de tal afirmación es ¿porqué los propietarios van a aceptar los inconvenientes de tener el mineroducto en sus predios si la retribución no es significativa? En efecto, ahí está la explicación de dos hechos que se desarrollan en la actualidad. Por una parte, se sabe que gran parte de los propietarios de predios por los cuales Aratirí proyecta el mineroducto no han permitido la entrada de la empresa a los mismos.

Por la otra parte, ante esta resistencia evidente al proyecto, en la reforma del Código de Minería a consideración del Parlamento el gobierno introdujo la servidumbre de ducto, o sea, el sistema aplicado a los predios con subsuelo mineral, que obliga al propietario a permitir la entrada de la minera, aunque aquí no haya mineral. Este es uno de los puntos que ha hecho decir a la oposición que la reforma tiene nombre y apellido.

El 16 de febrero último, al discutirse en la Comisión de Industria, Energía, Comercio y Turismo de la Cámara de Senadores las modificaciones al Código de Minería aprobadas en la Cámara Baja el 27 de diciembre pasado, algunos de los legisladores presentes preguntaron al ministro de Industria cuál era el objetivo de esa innovación.

«Creemos que esta servidumbre, junto a las que están previstas en el Código de Minería, complementa la posibilidad de explotación minera. De no ser así, este proyecto no sería viable«, afirmó Roberto Kreimerman.

¿A qué proyecto se refería el ministro si no es el de Aratirí?

 

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Una Respuesta a (II) El mineroducto

  1. MARIA dijo:

    En Treinta y Tres la empresa FERDESOL SA pide miles de hectareas mas. Algunos pedidos solo por oro, otros por hierro oro y demas. ¿SERA LA MINERA ARATIRI CON OTRA NUEVA EMPRESA? El pedido presentado a DINAMIGE es del 30 de marzo de 2011.

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